El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) ejecutará la denominada “Operación Merluza” a partir de este viernes con el objetivo de evaluar la distribución, concentración y estructura poblacional de este recurso hidrobiológico.
Una resolución del Ministerio de la Producción, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, autoriza al Imarpe la ejecución de la Operación Merluza XVII a partir de las 00:00 horas del 1 de diciembre hasta las 24:00 horas del viernes 3 de diciembre.
Y esto se aplicará en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y Pimentel (07°00” LS), con la participación de siete embarcaciones arrastreras titulares y tres suplentes, con permiso de pesca vigente y que operan bajo el régimen provisional de pesca del recurso merluza.
Durante esta operación la actividad extractiva deberá desarrollarse fuera de las cinco millas marinas de la línea de costa y fuera del área circundante a la Isla Lobos de Tierra, determinada por el radio de ocho (08) millas náuticas, medidas desde el Faro.
Para tal efecto las embarcaciones pesqueras deberán desplazarse desde los puertos de base hacia la zona asignada y viceversa, así como de mantener rumbo y velocidad de navegación constante.
Las embarcaciones pesqueras deberán contar a bordo con las plataformas/ balizas del Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat) operativas, las que deben emitir señales de posicionamiento GPS.
Los armadores de las embarcaciones pesqueras embarcarán a dos profesionales y técnicos científicos de investigación del Imarpe, debiendo en tal caso, brindar las facilidades necesarias para el cumplimiento de las labores asignadas.
El volumen del recurso merluza extraído por cada una de las embarcaciones que participen en la Operación Merluza XVII, deberá ser considerado como parte de su Límite Máximo de Captura por Embarcación que se asignó a cada embarcación pesquera para el año 2010.
El Imarpe presentará a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción el informe final con los resultados obtenidos en la operación.
El seguimiento, control, y vigilancia se efectuará sobre la base de los reportes que emite el Sisesat, sin perjuicio de las labores que realicen los inspectores de la Dirección General del Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y las dependencias con competencia pesquera de los gobiernos regionales.
Fuente: http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?id=Dr035rANVkA=