jueves, 27 de enero de 2011

Suspenden a dos jueces por otorgar medidas cautelares irregulares de pesca

El Poder Judicial y la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) suspendieron a dos jueces por haber otorgado medidas cautelares irregulares para la pesca industrial de anchoveta, anunció el titular del Ministerio de la Producción (Produce), Jorge Villasante.
El funcionario aclaró que los magistrados suspendidos son Alberto Zúñiga, de Sechura, y Bertha Rocío Estrada Rivera, de Surco y San Borja, así como a su secretario, Dionisio Pampas.
Villasante aseguró que la suspensión se realiza de manera preventiva y hasta que dure el proceso de investigación de ambos jueces.
"A través de las referidas medidas cautelares se venían usurpando competencias exclusivas del Ministerio de la Producción en materia de ordenamiento pesquero y pesca industrial, así como en la asignación de límites máximos de captura por embarcación, entre otros”, indica la nota de prensa oficial.
El ministro agregó “Toda persona tiene derecho a recurrir al Poder Judicial y solicitar amparo respecto a sus pretensiones, sin embargo no se puede permitir al abuso del derecho”.
El Produce interpuso denuncias por “inconducta funcional” contra 10 jueces, quienes habían emitido resoluciones cautelares irregulares en el sector pesquero.
"Sin duda, hay jueces y fiscales probos y honestos, pero por unos cuantos no puede dañarse el prestigio de una institución como el Poder Judicial, si hay manzanas podridas hay que separarlas para que no contagien”, manifestó Villasante.
Y añadió: “Hay un mercado negro de cuotas pesqueras, pues algunas empresas recurren a subterfugios para lograr permisos de pesca con la complicidad de jueces indecentes”.

Fuente: http://fis.com/fis/worldnews/worldnews.asp?monthyear=1-2011&day=27&id=40252&l=s&country=0&special=&ndb=1&df=0

Ministerio de la Producción decomisó más de 2,000 kilos de camarón en primeros días de veda

El ministro de la Producción, Jorge Villasante, informó hoy que en los primeros días del inicio de la veda del camarón de río su portafolio logró decomisar más de 2,000 kilos del recurso hidrobiológico.

El 10 de enero último, el Ministerio de la Producción, estableció el inicio de la veda del camarón hasta el 31 de marzo a nivel nacional, para evitar su extracción indiscriminada y proteger a las especies juveniles.
Tradicionalmente, la veda del camarón se iniciaba el 1 de enero pero este año el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) sugirió que se retrase diez días debido a cambios climatológicos.
De acuerdo con la norma, quienes incumplan la medida serán sancionados con el decomiso de todos los productos que sean ilegalmente extraídos, transportados o comercializados, y recibirán una multa equivalente a cuatro veces el valor del producto decomisado.
“En realidad, lo que estamos haciendo por ahora son operativos inopinados con un esquema de seguimiento permanente, pero para que todo el esfuerzo que hacemos sea efectivo también necesitamos el apoyo de la opinión pública”, manifestó a CPN Radio.
En ese sentido, ningún restaurante puede ofrecer camarones, ni siquiera si se tratan de unos congelados extraídos antes de la veda.

Fuente: http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?id=vp9pU3K8dfY=

Ministerio de la Producción establece régimen provisional para extracción de jurel y caballa

El Ministerio de la Producción estableció hoy el Régimen Provisional de Pesca para la extracción de los recursos jurel (Trachurus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) en todo el litoral peruano a partir de mañana (jueves) hasta el 31 de marzo del presente año.
Según una resolución del Ministerio de la Producción publicada hoy, se establece el límite captura mensual de 10,000 toneladas métricas (TM) de la fracción juvenil de jurel y de 15,000 TM de la fracción juvenil del recurso caballa.
Una vez cumplido el límite de captura para cada recurso, el ministerio suspenderá las actividades extractivas por los días que resten del mes correspondiente.
La Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia en coordinación las direcciones regionales de la Producción de la jurisdicción o quien haga sus veces, desarrollará un sistema de control permanente durante la vigencia del presente Régimen Provisional de Pesca, en cada punto de desembarque del área marítima nacional.
La vigilancia y control de la zonas de pesca se efectuarán sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat), y en caso que una embarcación de mayor escala sea detectada dentro de las diez millas marinas de la línea de costa, y no evidencie actividades de pesca por un intervalo de dos horas, será suspendido definitivamente el régimen.
Los establecimientos industriales pesqueros que cuenten con licencia de operación para la elaboración de productos de consumo humano directo (CHD), procesarán los recursos jurel y caballa provenientes de las embarcaciones de mayor escala autorizados a participar en este régimen, así como de la actividad pesquera artesanal.
Las infracciones que se cometan durante la vigencia del Régimen Provisional de Pesca, se sujetarán al procedimiento administrativo sancionador conforme indica la Ley General de Pesca, el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícola (Rispac) y la normatividad pesquera vigente.

Fuente: http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?id=4w4jIqcXiCo=

Primera temporada de pesca de anchoveta del 2011 se iniciará en zona sur el 11 de febrero

El Ministerio de la Producción autorizó hoy el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona comprendida entre los 16°00’00” Latitud Sur (Atico) y el extremo sur del dominio marítimo a partir de las 00:00 horas del 11 de febrero.
Según una resolución del Ministerio de la Producción publicada hoy, la Primera Temporada de Pesca concluirá el 30 de junio o una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible (LMTCP), el cual fue fijado en 400 mil toneladas de anchoveta para consumo humano indirecto (CHI).
Sin embargo, la fecha de conclusión pueda ser ampliada o reducida en función a las condiciones biológicas ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
Sólo podrán realizar faenas de pesca las embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la citada temporada de pesca, conforme al Límite Máximo de Captura por Embarcación de la Zona Sur (LMCE Sur).
En el caso que las capturas de la flota anchovetera alcance el LMTCP se suspenderán las actividades, sin perjuicio de establecer la responsabilidad administrativa y/o penal de los titulares de aquellas embarcaciones que hubiesen efectuado capturas por encima del LMCE asignado.
Las embarcaciones autorizadas deberán emplear redes de acero de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 milímetros), realizar operaciones en el marco del Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento suscrito de acuerdo al Régimen Especial de Pesca del Sur; y efectuar sólo una faena de pesca en un intervalo de 24 horas.
Además deberá contar a bordo de la embarcación con la plataforma-baliza del Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat), la cual debe emitir permanentemente señales de posicionamiento satelital.
También se prohíbe la extracción y/o procesamiento de ejemplares de anchoveta y anchoveta blanca con talla menor a 12 centímetros de longitud total, permitiéndose una tolerancia máxima de diez por ciento expresada en número de ejemplares.
Cuando se registren porcentajes superiores al diez por ciento de los desembarques diarios en un determinado puerto, se suspenderán las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un período mínimo de tres días consecutivos en las zonas de pesca, si dichos volúmenes de desembarque pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recursos mencionado.
Asimismo, quedó establecido que el porcentaje de tolerancia de pesca incidental de otros recursos en la pesca de anchoveta es de cinco por ciento de la captura total desembarcada por embarcación, expresada en peso.

Fuente: http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?Id=YNyz7m64JFU=