lunes, 27 de septiembre de 2010

Suspenden pesca artesanal de anchoveta para CHD entre Punta Chao y Casma por diez días

El Ministerio de la Producción suspendió a partir de las 00:00 horas de mañana (sábado) las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) realizadas con embarcaciones pesqueras artesanales de cerco para consumo humano directo (CHD) en el área comprendida entre los 08°50´S (Punta Chao) y 09°30´S (Casma), por un período de diez días calendario.
El incumplimiento de la veda será sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (Rispac) y demás normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias.
Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero; de Seguimiento, Control y Vigilancia; y de Asuntos Ambientales Pesqueros del Ministerio de la Producción realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la veda.
En ello colaborarán las dependencias con competencia pesquera de los gobiernos regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones.
El ministerio indicó que el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) remitió el informe “Situación de la pesca de anchoveta extraída por la flota de cerco artesanal para CHD en el área de Chimbote del primero al 13 de setiembre del 2010” según el cual la pesca de anchoveta se desarrolla en áreas muy costeras, registrándose una incidencia diaria de juveniles entre 28 y 79 por ciento.
Asimismo, la información de la Prospección de reclutamiento de anchoveta en el área de Chimbote (Ancash) a Chicama (La Libertad) confirma la alta incidencia de juveniles frente a Chimbote, con una moda de 12 centímetros.
Además, de acuerdo a los avances del crucero de evaluación de anchoveta en actual ejecución, estos ejemplares presentan una intensa actividad reproductiva.
Por ello, el informe recomendó aplicar medidas preventivas de conservación de juveniles por un período no menor de diez días consecutivos en dicha área.
La Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, considerando el informe del Imarpe, recomendó suspender las actividades extractivas en el área donde se registra la presencia de ejemplares juveniles.


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